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Artículo 12 transitorio de la Ley 20.568

Regula la inscripción automática, modifica el servicio electoral y moderniza el sistema de votaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1035420 / 9232400.

Texto oficial

Artículo 12.- El gasto fiscal que irrogue la puesta en marcha de la presente ley durante el primer año de su vigencia, se financiará con cargo a reasignaciones del presupuesto del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y, en lo que faltare, con cargo a la Partida Tesoro Público.".