Texto oficial
Artículo 4º.- Lo dispuesto en los artículos anteriores se entenderá sin perjuicio de las inscripciones vigentes en el Registro Artesanal a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.
Modifica regulación de la pesca de investigación, regulariza pesquerías artesanales que indica, incorpora planes de manejo bentónicos y regula cuota global de captura
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1035775 / 9223110.