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Artículo 9 de la Ley 20.554 · Crea juzgados de policía local en las comunas que indica

Crea juzgados de policía local en las comunas que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1036608 / 9228911.

Texto oficial

Artículo 9º.- Créase en la Municipalidad de Puerto Montt un Juzgado de Policía Local, que se denominará "Tercer Juzgado de Policía Local". Al efecto, modifícase el artículo 3° del decreto con fuerza de ley Nº 75-19.280, de 1994, del Ministerio del Interior, que adecua, modifica y establece la planta de personal de la Municipalidad de Puerto Montt, incorporando en la planta de "Directivos", un cargo de "Juez 3er Juzgado de Policía Local", grado 5º; y, en la planta de "Profesionales", tres cargos de "Secretario Abogado de Juzgado de Policía Local", todos grado 10º, para cuyo desempeño se requerirá título de Abogado.