Texto oficial
Artículo transitorio: Respecto de las personas que se
encuentren destinadas a la fecha de vigencia del presente
Reglamento, no se aplicarán las normas de los artículos
6° y 8°.
Aprueba reglamento orgánico de la direccion general de relaciones economicas internacionales del ministerio de relaciones exteriores
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10390 / 5898070.