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Artículo 78 de Auto Acordado S/N

Auto acordado; fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de los autos acordados sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1039286 / 9250879.

Texto oficial

78° Medidas para mejor resolver. El Tribunal Calificador de Elecciones podrá dictar las medidas para mejor resolver que estime necesarias para el mejor acierto del fallo, pudiendo incluso requerir las cajas con efectos electorales.