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Artículo ÚNICO transitorio de Auto Acordado S/N

Auto acordado; fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de los autos acordados sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1039286 / 9250939.

Texto oficial

Artículo único. En conformidad a lo dispuesto en el artículo 9° transitorio de la Ley N° 20.568, que regula la Inscripción Automática y moderniza el Sistema de Votaciones, las menciones que se hicieran al Consejo Directivo del Servicio Electoral en este Auto Acordado se entenderán efectuadas al Director del Servicio Electoral.