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Artículo 26 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija las normas que reestructuran el funcionamiento, el monto de los beneficios y el número de beneficiarios de la asignación de excelencia pedagógica a que se refieren los artículos 14 y 15 de la ley n° 19.715

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1039324 / 9251485.

Texto oficial

Artículo 26°.- Aquellos docentes que estando acreditados dejen temporalmente de impartir las 20 horas de aula exigidas en el numeral tercero del artículo 2º del presente cuerpo normativo, dejarán de percibir la Asignación de Excelencia Pedagógica durante dicho periodo, sin perjuicio de mantener su acreditación vigente durante el tiempo que corresponda.