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Artículo 3 de la Ley 20.589

Otorga al personal de la atención primaria de salud que indica, una bonificación por retiro voluntario y una bonificación adicional

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1039953 · idParte: 9255960

Texto oficial

Artículo 3º.- El personal que, cumpliendo los requisitos que establece esta ley, no postule en los períodos indicados y, en consecuencia, no haga uso de los beneficios que se conceden, se entenderá que renuncia irrevocablemente a éstos.