Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 20.595

Crea el ingreso ético familiar que establece bonos y transferencias condicionadas para las familias de pobreza extrema y crea subsidio al empleo de la mujer

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1040157 / 9257446.

Texto oficial

Artículo 1°.- Objeto de la presente ley. Créase el Subsistema de Protección y Promoción Social denominado "Seguridades y Oportunidades", en adelante "el Subsistema", destinado a personas y familias vulnerables por encontrarse en situación de pobreza extrema. Además, créanse el Bono por Esfuerzo y el Subsidio al Empleo de la Mujer, en adelante conjuntamente las "Oportunidades por Logros", referidos en el Párrafo Segundo del Título Segundo, que son aplicables a quienes cumplan con los requisitos para acceder a ellos.