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Artículo 2 de la Ley S/N · Carcel penitenciaria.

Carcel penitenciaria.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1040935 / 9265236.

Texto oficial

2.° El sistema que en esta prisión deberá adoptarse ha de ser el de reclusion solitaria en las horas destinadas al sueño y al alimento, y remisión de los presos únicamente para la instrucción primaria o relijiosa y para el aprendizaje del oficio lucrativo a que cada uno manifieste mas inclinacion o aptitudes.