Texto oficial
Artículo 2º. Estandarización de los procesos. Las actividades administrativas de la Corte de Apelaciones de San Miguel estarán descritas en los procedimientos de trabajo. Estos serán aprobados por el Tribunal Pleno, publicados oportunamente y notificados en forma personal a los empleados y funcionarios a quienes incumba en forma directa, para quienes pasarán a ser obligatorios. Los respectivos procedimientos de trabajo comprenderán la totalidad de las tareas y actividades que formen parte de cada una de las actividades administrativas.