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Artículo ÚNICO de la Ley 20.598

Autoriza al banco central suscribir un aumento de la cuota correspondiente a chile en el fondo monetario internacional (fmi)

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041538 / 9271631.

Texto oficial

"Artículo único.- Autorízase al Banco Central de Chile para suscribir, con cargo a su disponibilidad de reservas, el aumento de cuota que le corresponde a Chile en el Fondo Monetario Internacional, hasta completar la cantidad de 1.744.300.000 Derechos Especiales de Giro, contenido en la Resolución Nº 66-2 "Aumento en las Cuotas de los Miembros del Fondo y Reforma al Directorio Ejecutivo - Décimo Cuarta Revisión", adoptada por la Junta de Gobernadores del Fondo Monetario Internacional el 15 de diciembre de 2010.".