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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Fija planta de personal de la agencia de calidad de la educación y regula materias señaladas en los artículos tercero, quinto y sexto transitorios de la ley n° 20.529

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041540 / 9271829.

Texto oficial

Artículo 1º.- Fíjase la siguiente planta de personal de la Agencia de Calidad de la Educación: Jefe Superior de Servicio, Primer Nivel Jerárquico, Título VI de la Ley Nº 19.882. Directivos, Segundo Nivel Jerárquico, Título VI de la Ley N° 19.882. Directivos afectos al artículo 8° del DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo. Planta de Profesionales: Planta de Técnicos: Planta de Administrativos: Planta de Auxiliares: