Texto oficial
DFL 10-2345/79
Artículo 162.- Fijada la fecha de la Art 21
subasta, la Aduana a cuyo cargo estará
el remate, procederá a confeccionar
los lotes, a darles números de
orden que corresponda y extraer las
muestras que estime convenientes, las
que deberán estar permanentemente a la
vista del público en los días y horas
que fije el Administrador de Aduana.
La confección de los lotes se hará,
en lo posible, en forma que puedan ser
adquiridos por particulares o pequeños
comerciantes, para lo cual el
Administrador de Aduana podrá ordenar la
subdivisión como lo estime más
conveniente.