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Artículo 14 del Decreto Con Fuerza de Ley 31

Decreto con fuerza de ley n.o 31

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1042122 / 9284939.

Texto oficial

Art. 14. Las resoluciones que dicte la Dirección de Reclutamiento, en las solicitudes de los ciudadanos afectos a esta ley, serán apelables ante el Ministerio de Guerra, que resolverá sin ulterior recurso, oyendo al Auditor General de Guerra.