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Artículo 2 de la Ley 20.616 · Autoriza erigir monumentos en memoria de don pedro león gallo goyenechea

Autoriza erigir monumentos en memoria de don pedro león gallo goyenechea

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1043599 / 9294467.

Texto oficial

Artículo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados, las que serán depositadas en una cuenta especial que se abrirá para estos efectos en el BancoEstado. Las colectas públicas se efectuarán en las fechas que determine una comisión especial que se creará al efecto, en coordinación con el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.