Texto oficial
"Artículo único.- Sustitúyese, en el artículo 1° de la ley N° 20.180, la frase "en la comuna de Providencia" por "en la comuna de Las Condes".".
Sustituye frase en el artículo 1° de la ley n° 20.180
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1043668 / 9295391.