Texto oficial
Artículo primero.- Durante la primera semana desde la publicación de esta ley, se darán por cumplidas las vigencias mínimas exigidas por los incisos quinto y octavo del artículo 2° de la ley N° 20.493.
Fortalece el carácter variable del impuesto específico sobre los combustibles de uso vehicular para reducir el impacto de las alzas en sus precios
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1043718 / 9295656.