Texto oficial
Artículo 11.- Será requisito para participar en las
elecciones primarias que el partido político o pacto
electoral declare, al menos, un número superior de
candidatos a los cargos a definir.
Establece el sistema de elecciones primarias para la nominación de candidatos a presidente de la república, parlamentarios y alcaldes
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1046533 / 9317323.