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Artículo 27 del Decreto Con Fuerza de Ley 2960 BIS

Decreto Con Fuerza de Ley 2960 BIS

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1046667 / 9319174.

Texto oficial

Art. 27. Si las cuentas no fueron presentadas dentro del plazo señalado en el artículo 25 o dentro del plazo adicional que otorgue el Contralor General, deberá éste solicitar de quien corresponda, la suspensión del empleado responsable.