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Artículo 2 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Crea servicio nacional del empleo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1047376 / 9323150.

Texto oficial

Artículo 2°- El personal actualmente en servicio en el Departamento del Empleo y de la Mano de Obra, podrá ocupar en propiedad cargos en el Servicio Nacional del Empleo aún cuando no reúna los requisitos establecidos por este decreto.