Texto oficial
Artículo 4°- El Reglamento General del Servicio Nacional del Empleo será dictado dentro del plazo de 90 días contados desde la fecha de publicación del presente decreto con fuerza de ley en el Diario Oficial.
Crea servicio nacional del empleo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1047376 / 9323152.