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Artículo 8 del Decreto 74

Crea comité interministerial de eficiencia energética

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1047821 · idParte: 9325007

Texto oficial

Artículo 8º: Los miembros del CIEE y los de los Comités Sectoriales desempeñarán sus funciones ad-honorem, sin que ello obste a que las funciones adicionales que corresponden a su Secretaría Técnica o a alguno de sus integrantes, de conformidad a este decreto, sean prestadas a título oneroso, si la autoridad competente así lo dispone, de conformidad a la normativa legal vigente.