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Artículo 4 de la Ley 20.656 · Regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios

Regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1048555 / 9331021.

Texto oficial

Artículo 4º.- Mediante uno o más reglamentos por productos o tipo de productos, aprobados por decreto supremo expedido por el Ministerio de Agricultura, el que además llevará la firma del Ministro de Economía, Fomento y Turismo, se establecerán las metodologías para la medición de la cantidad, masa o volumen de los productos, así como la toma, la obtención, la manipulación, la conservación, el transporte y la custodia de las muestras y contramuestras, y el análisis de sus características. También, se regularán las metodologías a utilizar por los laboratorios de calibración en el desarrollo de su función.