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Artículo 26 de Auto Acordado 14

Auto acordado sobre gestión y administración de la ilustrísima corte de apelaciones de la serena

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1049012 / 9334738.

Texto oficial

Artículo 26. Áreas de gestión estratégica. La Corte de Apelaciones de La Serena contemplará en sus actividades operativas las siguientes áreas, consideradas de gestión estratégica: Área de Causas, destinada a gestionar y registrar los actos jurídicos que componen las diversas etapas de los procesos judiciales. Área de Salas, le corresponde gestionar y controlar las etapas administrativas previas y hasta el término de la vista de la causa en sala. Área de Control de gestión, controlar y evaluar la gestión operativa e informática de la tramitación de causa en la Corte, además de generar los reportes estadísticos necesarios para el proceso de toma de decisiones orientadas a lograr eficacia y eficiencia en el cumplimiento de las funciones. Área de Servicios, destinada a prestar apoyo a las diferentes unidades de la Corte en materia de suministro de materiales y servicio generales, asumiendo el rol que se establezca respecto a la relación presupuestaria con la Corporación Administrativa del Poder Judicial, conforme a las políticas de administración financiera que se definan. Área de Atención de público, le corresponde gestionar y controlar el ingreso de solicitudes a la Corte, dar una atención integral a los usuarios presenciales, telefónicos, virtuales y de auto consultas, dando cumplimiento a las políticas de atención de público existentes en el Poder Judicial. Área Administrativa, que comprenderá la gestión de los asuntos que por mandato legal o económico debe resolver el Pleno de Ministros y aquellas labores de administración relacionadas con el recurso humano y la coordinación con la Oficina de Personal de la Corporación Administrativa del Poder Judicial. Área de Coordinación de tribunales de primera instancia, ejercer las coordinaciones referente a materias que sean de interés para la Corte de Apelaciones relacionadas con el funcionamiento de aquellos tribunales.