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Artículo 32 de Auto Acordado 14

Auto acordado sobre gestión y administración de la ilustrísima corte de apelaciones de la serena

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1049012 / 9334745.

Texto oficial

Artículo 32. Actividades administrativas de la Unidad de Servicio y Atención de Público. Las funciones específicas que deberá desarrollar la Unidad, sin perjuicio de las adecuaciones que estime necesario realizar el administrador u otras que pudieren serle asignadas, son las siguientes: 1.- Coordinar operativamente todas las necesidades físicas y materiales para la realización de las audiencias y el funcionamiento de la Corte. 2.- Velar por la adecuada entrega de los servicios de mantención, aseo, jardines, vigilancia y otros. 3.- Prestar apoyo especializado en materia de servicios auxiliares de aseo, mensajería, administración de bodegas, etc., a las distintas unidades del Tribunal para desarrollar sus funciones. 4.- Administrar el Centro Financiero de la Corte de Apelaciones de La Serena y cumplir con todas las funciones que debe desarrollar este centro. 5.- Administración de la cuenta corriente judicial. 6.- Custodiar y controlar el mobiliario y artefactos que se mantienen en el Tribunal, llevando el inventario de Activo Fijo del Tribunal actualizado, timbres, estufas, hervidores, termos y otros, generando informes periódicos. 7.- Otorgar atención, orientar y entregar información a los usuarios que llamen o concurran al Tribunal. 8.- Recepcionar escritos e informes relacionados con causas y su posterior distribución. 9.- Recibir, registrar, distribuir y archivar la correspondencia que ingresa al Tribunal. 10.- Cualquier otra actividad necesaria que la unidad deba realizar.