Texto oficial
Artículo 32. Actividades administrativas de la Unidad de Servicio y Atención de Público. Las funciones específicas que deberá desarrollar la Unidad, sin perjuicio de las adecuaciones que estime necesario realizar el administrador u otras que pudieren serle asignadas, son las siguientes:
1.- Coordinar operativamente todas las necesidades físicas y materiales para la realización de las audiencias y el funcionamiento de la Corte.
2.- Velar por la adecuada entrega de los servicios de mantención, aseo, jardines, vigilancia y otros.
3.- Prestar apoyo especializado en materia de servicios auxiliares de aseo, mensajería, administración de bodegas, etc., a las distintas unidades del Tribunal para desarrollar sus funciones.
4.- Administrar el Centro Financiero de la Corte de Apelaciones de La Serena y cumplir con todas las funciones que debe desarrollar este centro.
5.- Administración de la cuenta corriente judicial.
6.- Custodiar y controlar el mobiliario y artefactos que se mantienen en el Tribunal, llevando el inventario de Activo Fijo del Tribunal actualizado, timbres, estufas, hervidores, termos y otros, generando informes periódicos.
7.- Otorgar atención, orientar y entregar información a los usuarios que llamen o concurran al Tribunal.
8.- Recepcionar escritos e informes relacionados con causas y su posterior distribución.
9.- Recibir, registrar, distribuir y archivar la correspondencia que ingresa al Tribunal.
10.- Cualquier otra actividad necesaria que la unidad deba realizar.