Texto oficial
Artículo F.- No tendrá derecho a reajuste de remuneraciones el personal cuyos estipendios no estén fijados en escudos, moneda nacional, mientras subsista para él esta forma de remuneraciones.
Concede aguinaldo extraordinario a todos los trabajadores del sector publico y privado. - reajusta transitoriamente por el mes de octubre las remuneraciones y pensiones de todos los trabajadores del pais.- otras normas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1050348 / 9348896.