Saltar al contenido

Artículo M transitorio de la Ley 17.713

Concede aguinaldo extraordinario a todos los trabajadores del sector publico y privado. - reajusta transitoriamente por el mes de octubre las remuneraciones y pensiones de todos los trabajadores del pais.- otras normas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1050348 / 9348903.

Texto oficial

Artículo M.- Auméntase, a contar del 1.o de Octubre de 1972, en el mismo porcentaje fijado en el artículo A de esta ley, la remuneración máxima establecida en el artículo l.o del DFL. N.o 68, de 1960, y sus modificaciones posteriores.