Texto oficial
Artículo 1º.- Objeto. El Registro de Emisiones y
Transferencias de Contaminantes, en adelante RETC, es una
base de datos accesible al público, destinada a capturar,
recopilar, sistematizar, conservar, analizar y difundir la
información sobre emisiones, residuos y transferencias de
contaminantes potencialmente dañinos para la salud y el
medio ambiente que son emitidos al entorno, generados en
actividades industriales o no industriales o transferidos
para su valorización o eliminación.
El presente reglamento regula el RETC, el cual
dispondrá de manera sistematizada, por fuente o agrupación
de fuentes, la naturaleza, caudal y concentración de
emisiones de contaminantes que sean objeto de una norma de
emisión.
Además, el registro contemplará la declaración o
estimación de emisiones, residuos y transferencias de
aquellos contaminantes que no se encuentran regulados en una
norma de emisión, plan de descontaminación, u otra
regulación vigente, cuando se trate de emisiones que
corresponden a fuentes difusas, o que se estiman debido a
que se encuentran en convenios internacionales suscritos por
Chile. Las estimaciones las realizará el Ministerio del
Medio Ambiente mediante la información que entreguen los
diferentes órganos de la Administración del Estado.
Asimismo, el registro contemplará la cantidad,
naturaleza, características, origen, destino y la gestión
de los residuos generados por los establecimientos, de
conformidad a lo dispuesto en el presente reglamento y, en
particular, de los residuos de productos prioritarios.
Por último, se deberán registrar los establecimientos
afectos a pagar impuestos por las emisiones de fuentes fijas
de acuerdo al artículo 8º de la ley Nº 20.780.