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Artículo 2 de la Ley 20.676 · Incrementa el monto de la asignación mensual que perciben los soldados conscriptos

Incrementa el monto de la asignación mensual que perciben los soldados conscriptos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1051790 / 9358608.

Texto oficial

Artículo 2º.- El mayor gasto fiscal que demande la aplicación de esta ley durante el primer año de entrada en vigencia, se financiará con cargo a los presupuestos institucionales de las Fuerzas Armadas, y en lo que faltare con recursos provenientes de la Partida Tesoro Público. En los años siguientes, se financiará con cargo a los recursos que disponga la respectiva Ley de Presupuestos del Sector Público.".