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Artículo 52 del Decreto Ley 355

Decreto Ley 355

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1053231 / 9369033.

Texto oficial

Art. 52. Para ser oficial administrativo se necesita tener título de contador y haber hecho el servicio militar obligatorio, acreditando competencia, en el conocimiento del reglamento administrativo de la Division.