Texto oficial
ART. 8.°
Decláranse de propiedad municipal todos los sitios de
la capital que, segun el título III, libro II del Código
Civil, corresponden al Estado, para los efectos de la
ejecucion de la presente leí.
Apertura i prolongacion de calles i paseos públicos en la ciudad de santiago.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1053318 / 9368581.