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Artículo 2 de la Ley S/N · Transformacion de la ciudad de valparaíso.

Transformacion de la ciudad de valparaíso.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1053537 / 9369547.

Texto oficial

Art. 2.° Las calles actuales de la parte plana de la ciudad, tendrán diez metros de ancho. Exceptúanse: 1.a La Avenida de la Victoria que tendrá no ménos de veinte metros de ancho, en toda su estension; 2.a Las dos calles laterales que corren paralelamente al estero de las Delicias, en toda su estension, tendrán cada una diecisiete metros, con esclusion del ancho del cauce del estero; 3.a Las calles de San Juan de Dios, Independencia, Yungai, O'Higgins, Chacabuco, Maipú i Hospital tendrán catorce metros de ancho; 4.a Las calles de Elías, desde la plaza del Orden, hasta el último cementerio, la de Jaime en toda su estension de cerro a mar, la de San José en la parte comprendida entre la Avenida de la Victoria i la de las Delicias, i la de Blanco, todas las cuales tendrán quince metros de ancho; 5.a Las del Teatro, Cabo, Aduana, Cochrane, Planchada, Arsenal, Carampangue i la prolongacion de esta última hasta Playa-Ancha, tendrán doce metros de ancho. El ancho de las calles a que se refieren los incisos precedentes, se irá dando, a medida, que se reconstruyan los edificios en ellas situados.