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Artículo transitorio de la Ley 20.693

Pone término a la existencia legal de la empresa de abastecimiento de zonas aisladas (emaza)

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1054660 / 9376089.

Texto oficial

Artículo transitorio.- El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley será de cargo exclusivo de la Empresa de Abastecimiento de Zonas Aisladas. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no pudiere financiarse con los referidos recursos.".