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Artículo 1 de la Ley S/N · Garantías individuales

Garantías individuales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1055036 / 9377838.

Texto oficial

ARTÍCULO 1.° La libertad individual de los habitantes de la República solo podrá sujetarse a restricciones o limitaciones, en los casos previstos por la lei i en la forma por ella establecida.