Texto oficial
2º. El presente decreto entrará en vigencia el primer
día del tercer mes siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial.
Aprueba reglamento para la calificación y certificación de la discapacidad
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1055217 / 9378592.