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Artículo 3 de la Ley 20.704 · Establece la meta todo chile a llamada local

Establece la meta todo chile a llamada local

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1055863 / 9382799.

Texto oficial

Artículo 3º.- Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Con todo, las normas contenidas en ella que eliminan de la ley Nº 18.168 la larga distancia nacional comenzarán a regir una vez que el país esté constituido en una zona primaria, conforme a lo establecido en el artículo 1º.".