Texto oficial
Artículo transitorio.- El reglamento de la ley Nº 18.450 deberá ser dictado dentro del plazo de 180 días, contado desde la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial.".
Modifica ley nº 18.450, con el fin de fomentar la inversión privada en obras de riego o drenaje, comprendidas en proyectos integrales y de uso múltiple, cuyo costo supere las 30.000 unidades de fomento
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1056480 / 9386671.