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Artículo 3 de Auto Acordado 198

Auto acordado sobre gestión y administración de la ilustrísima corte de apelaciones de copiapó

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1056508 / 9387084.

Texto oficial

Artículo 3. Carácter obligatorio. El presente auto acordado contempla una normativa basada en las disposiciones que en materia de funcionamiento administrativo de los Tribunales de Justicia, contempla el Código Orgánico de Tribunales, leyes especiales y autos acordados dictados por la Corte Suprema, de ahí que cada uno de sus preceptos resulte obligatorio para todos aquellos sujetos a su aplicación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1. El mismo carácter tendrán los procedimientos de trabajo e instrucciones que se dicten a su respecto, cuya elaboración y ejecución el presente Auto Acordado deja dentro de la esfera de las facultades del Administrador de Corte.