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Artículo 14 del Decreto Con Fuerza de Ley 263

Refunde y modifica las disposiciones sobre martilleros publicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1056862 / 9390114.

Texto oficial

Artículo 14. Las subastas deberán verificarse de día, salvo permiso escrito de la Dirección General del Crédito Prendario y de Martillo o de la autoridad local.