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Artículo 13 de la Ley 20.707

Establece los incentivos remuneracionales que indica, a favor de los profesionales de los servicios de salud que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1057049 / 9391498.

Texto oficial

Artículo 13.- Las asignaciones establecidas en los artículos 10 y 12 de esta ley no se considerarán para determinar la limitación máxima de rentas establecida en el inciso final del artículo 11 de la ley Nº 15.076, ni las limitaciones a los montos de las asignaciones de estímulo y de la percepción conjunta de las asignaciones de estímulo y de responsabilidad señaladas en la letra b) del inciso primero y en el inciso tercero del artículo 9º de dicho cuerpo legal, respectivamente.