Texto oficial
Artículo 11.- Control y fiscalización: Corresponderá el control y fiscalización del cumplimiento del presente decreto a la Superintendencia del Medio Ambiente, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, contenida en el artículo segundo de la ley Nº 20.417.