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Artículo 34 de la Ley 20.717

Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, y concede otros beneficios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1057115 / 9392129.

Texto oficial

Artículo 34.- El monto establecido en el inciso segundo del artículo 27 de la ley Nº20.559 para el año 2015, de la bonificación especial que corresponde al personal de asistente de la educación de la provincia de Chiloé en virtud de lo dispuesto en el artículo 30 de la ley Nº20.313, comenzará a regir a contar del 1 de enero de 2014.