Texto oficial
Artículo 105.- Objeto. El Acuerdo Extrajudicial podrá
versar sobre cualquier objeto tendiente a reestructurar los
activos y pasivos del Deudor.
Sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la superintendencia del ramo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1058072 / 9398800.