Texto oficial
Artículo 232.- Continuación provisional de
actividades económicas. La continuación provisional de
actividades económicas del Deudor se regirá por las
siguientes disposiciones:
1) El Liquidador deberá
Sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la superintendencia del ramo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1058072 / 9398947.