Texto oficial
Artículo 352.- Reemplázase, en el inciso primero del
artículo 230 del Código de Minería, las palabras "las
quiebras", por la expresión "los procedimientos concursales
de liquidación".
Sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la superintendencia del ramo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1058072 / 9399091.