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Artículo 381 de la Ley 20.720

Sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la superintendencia del ramo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1058072 / 9399120.

Texto oficial

Artículo 381.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores: 1) Sustitúyese la letra a) del artículo 10 por la siguiente: "a) El que hubiere sido condenado por delitos concursales contenidos en el Código Penal;". 2) Reemplázase, en el inciso cuarto del artículo 21, la expresión "por quiebra", por la frase "por haber sido sometido a un procedimiento concursal de liquidación".