Texto oficial
Artículo 387.- Sustitúyese la letra d) del artículo
30 de la ley Nº 19.995, que establece las bases generales
para la autorización, funcionamiento y fiscalización de
los casinos de juego, por la siguiente:
"d) Por encontrarse el operador sometido a un
procedimiento concursal de liquidación, y".