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Artículo 389 de la Ley 20.720

Sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la superintendencia del ramo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1058072 / 9399128.

Texto oficial

Artículo 389.- Reemplázase la letra d) del inciso primero del artículo 6º del decreto con fuerza de ley Nº 1, del Ministerio del Interior, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 19.175, orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, por la siguiente: "d) No haber sido condenado por delitos concursales del Código Penal, y".