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Artículo de Resolución 160 EXENTA

Reemplaza y deja sin efecto resolución nº 92 exenta, de 2014, que incorporo los centros de conciliación y mediación a la resolucion nº 55 exenta, de 2012

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1060100 / 9413291.

Texto oficial

1).- Reemplaza y déjase sin efecto la resolución exenta Nº 92, de 22 de enero de 2014, de la Sra. Directora del Trabajo. 2).- Modifícase la resolución exenta Nº 55, de 11 de enero de 2012, de la Sra. Directora del Trabajo, con el fin de incorporar junto a las Inspecciones del Trabajo, los Centros de Conciliación y Mediación, que componen las unidades operativas del Servicio, estableciendo su individualización, sede, jurisdicción y modo de atención, de la forma que a continuación se indica: CENTRO DE CONCILIACIÓN Y MEDIACIÓN DE LA REGIÓN METROPOLITANA PONIENTE Ciudad: Santiago Jurisdicción Conciliación: Cerro Navia, Colina, Conchalí, Estación Central, Huechuraba, Independencia, Lampa, Lo Prado, Pudahuel, Quilicura, Quinta Normal, Recoleta, Renca, Santiago, Tiltil. Mediación: Todas las comunas de la Región Metropolitana Poniente. Mod. atención: Permanente. CENTRO DE CONCILIACION Y MEDIACIÓN DE LA REGIÓN METROPOLITANA ORIENTE Ciudad: Santiago Jurisdicción Conciliación: La Reina, Las Condes, Lo Barnechea, Macul, La Florida, Ñuñoa, Peñalolén, Providencia, Vitacura. Mediación: Todas las comunas de la Región Metropolitana Oriente. Mod. atención: Permanente. CENTRO DE CONCILIACION Y MEDIACIÓN DE LA V REGIÓN Ciudad: Valparaíso Jurisdicción Conciliación: Concón, Quintero, Puchuncaví, Isla de Pascua, Juan Fernández, Valparaíso, Viña del Mar. Mediación: Todas las comunas de la región. Mod. atención: Permanente. CENTRO DE CONCILIACIÓN Y MEDIACIÓN DE LA VIII REGIÓN Ciudad: Concepción Jurisdicción Conciliación: Chiguayante, Concepción, Florida, Hualpén, Hualqui, San Pedro de la Paz, Talcahuano. Mediación: Todas las comunas de la región. Mod. atención: Permanente. CENTRO DE CONCILIACIÓN Y MEDIACIÓN DE LA IX REGIÓN Ciudad: Temuco Jurisdicción Conciliación: Carahue, Cholchol, Cunco, Melipeuco, Nueva Imperial, Padre Las Casas, Puerto Saavedra, Temuco, Vilcún. Mediación. Todas las comunas de la región. Mod. atención: Permanente. 2).- En todo lo no modificado por la presente resolución exenta, se mantendrá vigente la resolución exenta Nº 55, de 2012.